Tuesday, November 3, 2020

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Gdeim Izik – Maître OULED sobre la nueva audiencia del Tribunal de Casación

PUSL.- En vísperas de la audiencia del Tribunal de Casación marroquí sobre el caso Gdeim Izik, el 4 de noviembre de 2020 a las 9:30 am , entrevistamos a Maître Olfa Ouled, abogada defensora del grupo.

Recordamos que el último juicio de los premios del grupo Gdeim Izik finalizó en julio de 2017 y el Tribunal de Casación hasta ahora no se ha pronunciado sobre la validez del caso tras la sentencia del Tribunal de Apelación.

La decisión del Tribunal de Militar de 2013 fue anulada después de la decisión del Tribunal Supremo en 2016, que remitió el caso a la corte civil .

Ambos juicios carecieron de los principios más básicos de un juicio justo y la solicitud de los presos de una investigación independiente sobre las torturas que seguían denunciando no fue aceptada en ninguno de los dos juicios.

– ¿Podrías explicar pronto los trámites legales por los que ya ha pasado el Grupo Gdeim Izik?

El resumen es, lamentablemente, sencillo de hacer: fueron condenados dos veces sin más pruebas que las confesiones obtenidas bajo tortura.

La segunda sentencia se emitió en julio de 2017, después de que el Tribunal Supremo de Marruecos devolviera el caso al Tribunal de Apelación de Rabat.

– Cuando el tribunal de casación emitió la decisión en 2016, ¿Qué implicó eso?

El Tribunal de Casación decidió, basándose en el artículo 550 del Código de Procedimiento Penal de Marruecos, remitir el caso al Tribunal de Apelación de Rabat.

Esta remisión se decidió por el tribunal de casación en base a que el tribunal militar “no demostró en su juicio los actos criminales cometidos”

Además, el Juzgado Militar no logró establecer el vínculo causal entre los actos asignados a mis clientes y la muerte de los agentes de la fuerza pública.

Para que conste, los actos materiales que se les imputan los siguientes:

– Actos de violencia cometidos contra agentes de la fuerza pública, resultando en muerte con intención de matar.

– Asociación de delincuentes con el objetivo de cometer un delito.

– Profanación de cadáveres.

El Tribunal de Casación, por tanto, remitió el caso al Tribunal de Apelación de Rabat para que pudiera juzgar el caso de acuerdo con las normas procesales aplicables.

Así, a diferencia de la campaña pública realizada en los medios de comunicación, la sentencia del Juzgado Militar no fue anulada por la reforma legislativa que excluía la competencia del Juzgado Militar para juzgar a civiles, sino por la ilegalidad de dicha sentencia, es decir, su falta de motivación en la ausencia de pruebas contra los acusados.

– Ahora el Tribunal de Casación celebrará una audiencia, ¿qué es lo que se pretende?

Los imputados, apoyados por su defensa, impugnaron la sentencia dictada por el Tribunal de Apelación de Rabat en julio de 2017, recordando una vez más que los informes en los que se basa la culpabilidad se obtuvieron tras las atroces torturas cometidas contra ellos.

Este elemento es crucial, pero es una apuesta segura que la remisión a la Corte de Casación no dará lugar a la apertura formal de una investigación sobre estos para actos de tortura y la inocencia de los acusados no será reivindicada.

Esta fundamento de nulidad ya había sido planteada en el caso formal presentado ante el Tribunal de Casación en 2013 y que dio lugar a la sentencia de 2016.

Sin embargo, el Tribunal de Casación ni siquiera recordó la solicitud de los presos para abrir una investigación sobre tortura en su decisión escrita, aunque se le requirió incluirla en la aplicación del Código de Procedimiento Penal. La independencia de la Corte es, por tanto, desde un punto de vista jurídico difícil de concebir.

– ¿Puede el Tribunal de Casación poner en libertad a los presos ?

La función del Tribunal de Casación es verificar la correcta aplicación de la ley por parte de los tribunales. No juzga el caso sobre la base del mérito, es decir, no reconsidera los hechos, sino que verifica que las leyes han sido aplicadas correctamente por los jueces (del Tribunal de Apelación de Rabat). Se dice que es un tribunal de justicia (no de actos).

Al pronunciarse sobre un caso, el Tribunal puede rechazarlo (decisión de rechazo) o considerar que existe motivo de casación.

En este caso, la Corte puede apelar nuevamente a la Corte de Apelación, pero también puede decidir poner fin a la disputa cuando los actos, tales como fueron soberanamente registrados y evaluados por los jueces de los tribunales inferiores, permitir la aplicación de la regla de la ley apropiada.

En consecuencia, en teoría, la liberación es posible, pero es difícil imaginar dada la irregularidad del procedimiento ya denunciado.

Una nueva remisión al Tribunal de Apelación, muy probablemente, daría tiempo al Reino de Marruecos, pero sería una admisión de que los detenidos han estado en prisión preventiva durante 10 años, sin ningún fundamento.

– Algunos de sus clientes han presentado casos al Comité de Naciones Unidas contra la tortura. ¿Qué puede hacer el Comité ?

El Comité garantiza la aplicación de la Convención contra la Tortura (CAT). Asegura, a través de la llamada diplomacia silenciosa y luego de recibir comunicaciones (denuncias), que los detenidos no mueran y finalmente se abre una investigación sobre las torturas denunciadas.

– Todas las comunicaciones que envió a CAT recibieron medidas provisionales. ¿Qué son las medidas provisionales y qué medidas se les ha dado a sus clientes?

Se trata de una medida de emergencia para evitar que se produzcan daños irreparables. Estas medidas se denominan medidas provisionales de protección. Su objetivo es evitar situaciones irreversibles, como la muerte o la tortura.

Al solicitar tales medidas, la Comisión no prejuzga su decisión, pero la denuncia debe tener grandes posibilidades de ser juzgada procedente para que la Comisión concluya que la presunta víctima corre riesgo de sufrir un daño irreparable.

En nuestro caso, los detenidos por los que he presentado comunicaciones están muriendo y son sometidos a torturas inhumanas.

Además, para citar solo un ejemplo, fueron obligados a permanecer en régimen de aislamiento durante mucho tiempo, durante 3 años. Así, pierden la noción del tiempo, el espacio y, por tanto, la realidad, y sufren una intensa tortura psicológica.

En particular, el Comité ordenó al Reino de Marruecos que cesara la tortura, pusiera en libertad temporalmente a los acusados ​​o les permitiera consultar a un médico de su elección.

En todo caso, las medidas cautelares provisionales se adaptan a la situación personal de cada detenido.

– ¿Considera que esta audiencia en el Tribunal de Casación ayudara a que el gobierno marroquí acepte y aplique las medidas provisionales dictadas?

A pesar de la introducción de varias comunicaciones (denuncias a la ONU), el Reino de Marruecos parece negar la realidad de las actos. Por lo tanto, la entrega de la decisión de la Corte ciertamente no deja de estar relacionada con el hecho de que el Comité resolvió luego de la denuncia de represalias sufridas por varios detenidos.

La posición firme de la Sra. Bachelet, Alta Comisionada para los Derechos Humanos, en relación con la situación en el Sáhara Occidental no hace más que reforzar esta convicción.

– Hasta ahora se le ha impedido reunirse con sus clientes después del último juicio en 2017, ¿cree que Marruecos seguirá negando este derecho fundamental a la defensa jurídica y la relación abogado / cliente?

Cualquier otra cosa sería un milagro. Estamos a la espera de la decisión del Tribunal de Casación con las familias, que deberá ser dictada en las semanas posteriores a la audiencia del 4 de noviembre de 2020.

A pesar de las medidas provisionales para permitir que los detenidos se comuniquen conmigo de forma confidencial por videoconferencia, todavía no he tenido la oportunidad de comunicarme con ellos.

Sin embargo, es sólo gracias al trabajo de un pequeño equipo de voluntarios, a pesar de la ausencia de cualquier apoyo, que hasta ahora ha logrado denunciar las injusticias sufridas por los detenidos y estamos decididos a continuar nuestra acción defensiva a pesar de las fuertes presiones a las que estamos sujetos .

Y para terminar, quisiera rendir homenaje no solo a los detenidos, sino también a sus familias que siguen luchando y recordando -cada día- la trágica situación en la que están detenidos.

La entrada Gdeim Izik – Maître OULED sobre la nueva audiencia del Tribunal de Casación se publicó primero en POR UN SAHARA LIBRE .org - PUSL.



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